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Su inmediato superior será el Jefe de Preceptores, o quien desempeñe tales funciones.
Son sus deberes:
- Su inmediato superior será el Jefe de Preceptores, o quien desempeñe tales funciones.
- Son sus obligaciones:
- Promover en los alumnos el sentido de responsabilidad, el compañerismo verdadero; la solidaridad humana; el respeto a las normas que rigen la vida escolar y sus autoridades; el espíritu de auto gobierno en el ámbito del establecimiento y toda otra acción o actitud que tienda a su mejor formación integral.
- Ser ante el educando, dentro y fuera de la escuela,, un ejemplo vivo de buenas maneras y actitud moral.
- Interesarse por los problemas que tengan los educandos a su cargo, orientándolos debidamente para facilitarles su solución.
- De acuerdo con las orientaciones del personal directivo, arbitrar los medios para el mejor aprovechamiento del tiempo libre de los alumnos, en el orden técnico y/o pedagógico.
- Mantener el orden y la disciplina de los educandos, durante la permanencia de éstos en el establecimiento, instándoles a colaborar en la conservación, aseo e higiene de las distintas dependencias.
- Permanecer al frente de la división a su cargo, manteniendo la disciplina de los alumnos, hasta entregar la clase al profesor, debiendo tener en ese momento, los elementos necesarios de uso común y el material didáctico que se le hubiera solicitado.
- Transcurridos cinco minutos de la iniciación de la hora de clase, si no se hiciera cargo de ella el docente correspondiente, dará cuenta de inmediato a sus superiores.
- Estar atentos al horario de terminación de cada clase, para encontrarse oportunamente en el aula y recibirla del docente respectivo.
- Controlar el estado de limpieza y conservación del aula en el momento de iniciar sus tareas, así como al final de las mismas comunicando de inmediato a sus superiores, las novedades que pudiera haber encontrado a fin de adoptar las medidas correspondientes.
- Dar cuenta a su superior jerárquico de cualquier acto de indisciplina o de otra índole, que atente contra los buenos hábitos y costumbres sociales y solicitar la sanción pertinente.
- Concurrir al establecimiento no menos de diez minutos antes de la iniciación de las clases, firmar el libro de asistencia respectivo y asumir sus funciones.
- Confeccionar los partes diarios de inasistencias de los alumnos y entregarlos a su superior inmediato, diez minutos después de la hora de entrada, dejando copia del mismo en el aula durante el turno de clases.
- Será responsable de la actualización, orden y prolijidad de los registros y toda otra documentación a su cargo relacionada con los educandos.
- Preparar las comunicaciones de inasistencias, tardanzas, medidas disciplinarias y citaciones que deberán elevarse a los padres o tutores de los alumnos, las que serán firmadas por su inmediato superior o por él, cuando este lo determine. Transcurrido el plazo reglamentario, el preceptor, al recabar su devolución verificará previo a su archivo, la correcta notificación del padre o tutor.
- Confeccionar los boletines de calificación de los alumnos de la división a su cargo, dentro de los cinco días de finalizado el término lectivo, a tal efecto entregará a los Sres. Profesores con la debida antelación, las planillas correspondientes.
- Además de las tareas enunciadas en los incisos precedentes y las especialmente encomendadas por la Dirección, los preceptores deberán prestar la máxima cooperación para el mejor desarrollo de la marcha del establecimiento (ejem.: control de patios, pasillos, escaleras, talleres, etc.).
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